Por decreto, el Gobierno amplía las actividades esenciales y limita el derecho a huelga

La medida fue formalizada a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

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Javier Milei decreto Gobierno

El Gobierno de Javier Milei limitó significativamente el derecho a huelga en sectores clave mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que redefine y amplía el listado de actividades consideradas esenciales, al tiempo que introduce la nueva figura de “servicios trascendentales”. La medida quedó formalizada en el Decreto 340/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa, que fue presentada en el marco de la desregulación de la marina mercante nacional, sustituye el artículo 24 de la Ley N.º 25.877 de ordenamiento del régimen laboral. A partir de ahora, los trabajadores de los sectores declarados esenciales tendrán limitaciones más estrictas para ejercer el derecho a huelga.

Según el nuevo decreto, las actividades que pasan a considerarse esenciales incluyen:

  • Servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte, distribución de medicamentos y servicios farmacéuticos.
  • Producción, transporte y comercialización de agua potable, gas, combustibles y energía eléctrica.
  • Servicios de telecomunicaciones, internet y comunicaciones satelitales.
  • Aeronáutica comercial, control de tráfico aéreo y portuario, y todas las tareas vinculadas como balizamiento, dragado, estiba, remolque y servicios conexos.
  • Servicios aduaneros, migratorios y de comercio exterior.
  • Educación en niveles inicial, primario, secundario y especial, además del cuidado de menores.
  • Transporte marítimo y fluvial de personas, mercancías, cargas y operaciones costa afuera.
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